Estadio Mario Camposeco. Xelajú 0-0 Malacateco |
Buen día para todos, en esta oportunidad platicaremos un tema fundamental dentro de las situaciones que ocurren muchas veces dentro de los terrenos de juego de los distintos escenarios deportivos en función de la seguridad de los jugadores, oficiales del partido, árbitros y demás personas que están directamente ligados al encuentro, y citar algunas de las situaciones que hoy establece el Reglamento Disciplinario vigente de la Liga Nacional de Fútbol y su Reglamento de Competencia, que a mi criterio debería de ser similar en todas las canchas donde se practique fútbol federado.
Bajo esa perspectiva, recordemos que hay dos situaciones que se regulan dentro de un estadio de fútbol, la seguridad de las personas denominadas civiles, bajo la protección del Estado, como lo es la Policía Nacional Civil, además de la legislación guatemalteca, en función a la Constitución Política de la República de Guatemala, Código Penal, Código Civil entre otro tipo de leyes, que coadyuvan con el cumplimiento de la sana convivencia en sociedad y en caso de si y los que entran dentro del fuero de los estatutos, reglamentos y reglas de juego de FIFA, Reglamento de Competencia y Disciplinario de Liga Nacional, además de los reglamentos que establecen la forma de actuación de la Federación Nacional de Fútbol de Guatemala.
Quiero tomar en consideración dos aspectos importantes, en las que radica que cualquier actitud de un aficionado puede acarrear la suspensión del encuentro y si se identifica a la persona que cometió el problema, consignarlo por parte de las fuerzas de seguridad, desde el punto de vista civil y dependiendo de la gravedad que puede darse dentro de la situación que pueda suscitarse o simplemente solicitar el retiro de dicho aficionado de la instalación deportiva, bajo ese esquema, poder sancionarle con el veto de entrada a los estadios, esto regulado en el Código Disciplinario de la Liga Nacional.
Viéndolo desde ese punto de vista, quiero hacer énfasis a la protección que se debe dar a los jugadores, oficiales del partido, a los árbitros e inclusive a la afición por parte de la Junta Directiva de cada equipo local, que está encargada en su oportunidad de montar el espectáculo, en ese sentido, debe de existir seguridad en función perimetral, búsqueda que los cuerpos de primeros auxilios puedan salir con mejor movilidad de los alrededores del estadio, solicitar ante la autoridad competente, la situación de asignación de agentes de la Policía Nacional Civil, e inclusive contar con su propia seguridad, para el resguardo del encuentro deportivo.
Debemos tomar en consideración que esto es un aspecto serio, no debe tomarse a lo ligero, hay que tener en cuenta que debe ubicarse las mejoras correspondientes, no únicamente en función de evitar situaciones o incidentes dentro de los estadios, sino también en el entendido que a la hora de garantizar el buen espectáculo y la seguridad de los protagonistas y público en general, realizar la normativa clara y concisa de lo que se utilizará en situaciones reales, tanto administrativas, como dentro del terreno de juego, y situaciones de índole de seguridad pública, eso incluyendo la regulación de delitos, para buscar que las personas eviten entrar al estadio únicamente para generar problemas y entorpecer o suspender la tramitación de un partido, que consta de 90 minutos.
Tal como lo establece el Reglamento de Competencia de Liga Nacional, es indispensable inclusive que para la entrada de las aficiones visitantes, a excepción de los denominados "clásicos", debe llenarse los parámetros administrativos de generación de plan de seguridad, previa autorización de la Secretaría Administrativa de la Federación de Fútbol, a lo cual yo no estoy tan de acuerdo con esa disposición en este momento, sucedió la aplicación en un momento determinado de la historia del fútbol nacional que necesitó eso, pero no en estas épocas, en las que debe pensarse en una nueva situación de normativa sobre como será la entrada visitante, sobre los parámetros de seguridad que debe haber, el uso del Derecho de Admisión en favor de la Liga Nacional, y los Clubes que hacen sus presentaciones como local, buscar las sanciones administrativas adecuadas que se deberán establecer dentro del Reglamento Disciplinario en función de los Clubes en sí, y de la situación de las personas civiles, buscar no una sanción ligera, sino que en la búsqueda de la sana convivencia social, exista la tipificación de delitos contra las personas que generan vandalismo, y van en contra del orden público, buscar que esas acciones se erradiquen al mínimo, para evitar incidentes fuertes dentro de las instalaciones deportivas.
En conclusión, se considera pertinente una mejor aplicación de la normativa en beneficio de todos, ajustándose a los reglamentos deportivos, como a la legislación guatemalteca, para que dichas garantías se den en buena forma y se apliquen en función únicamente a los estadios, no solamente a nivel de Liga Nacional, sino en todas las demás divisiones existentes., otras situaciones más allá como los órganos administrativos establecidos, se platicarán en una próxima edición.
Atentamente,
El Jurista Futbolista.
Comentarios
Publicar un comentario